El Juzgado de Primera lnstancia número 1 de Ponferrada ha dado la razón a un hostelero de Bembibre al que el Banco Ceiss le metió 3.000 euros en obligaciones subordinadas y quería recuperarlas. Con fecha del pasado 23 de este mes de diciembre, el tribunal declara la nulidad del contrato de fecha 21 de enero de 2010 del canje de obligaciones subordinadas de la sexta emisión por las de la octava emisión, y ordena a la entidad financiera a devolver a este hostelero que regenta un bar en Bembibre, y sin ningún conocimiento ni experiencia en inversiones y en mercados financieros, la citada cantidad de 3.000 euros, invertida en la adquisición de Obligaciones Subordinadas de la octava emisión.
El demandante, que pertenece al colectivo de la Asociación de Preferentistas y Obligacionistas afectados por Caja España, interpuso la demanda en los Juzgados de Ponferrada el 30 de septiembre de este año y ha sido defendida por los abogados del despacho ponferradino Abaco, que están defendiendo a este colectivo. Según el despacho Abaco, la sentencia considera que Caja España (hoy Banco Ceiss) incumplió «el deber legalmente exigible de informar adecuadamente a su cliente de las características y riesgos del producto, quien prestó su consentimiento por error y sin saber que estaba adquiriendo un producto complejo y de riesgo, totalmente contrario a lo que él pretendía, que era no perder sus ahorros». Este error en el consentimiento determina la nulidad del contrato de canje.
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