jueves, 12 de junio de 2014

Confirmación de condena por preferentes a BNP Paribas

La Audiencia Provincial número 9 de Valencia ha confirmado la condena de nulidad a BNP Parabas por la comercialización de participaciones preferentes a un cliente minorista sin cumplir con la máxima diligencia informativa exigida por la Ley del Mercado de Valores. En total deberá reembolsar 65.900 euros.

El demandante adquirió en 2006 74 participaciones preferentes emitidas por LANDSBANKI ISLANDS HF por un importe de 74.000 euros. Ese mismo día, su esposa efectuó la compra de otras tantas participaciones por un importe idéntico y en 2008 el recibe estas participaciones.

Durante la contratación, la entidad no entregó documentación informativa alguna. Asimismo, no efectuó ningún tipo de valoración sobre la adecuación del producto al perfil del demandante, quien carecía de experiencia con productos financieros complejos como son las participaciones preferentes.

La entidad ha negado que no entregara información, pero el propio director de la Sucursal, después de haber admitido que disponía del folleto de emisión de las participaciones, ha reconocido que no hizo entrega de este. Todo con la excusa de que estaba en inglés y tampoco fue solicitado por el cliente.

Esto se apostilla inadmisible pues para que el cliente lo solicite debe tener conocimiento de la existencia del folleto. Pero además, debe ser la entidad quien tenga la iniciativa de ofrecer la información cuando es quien ha ofrecido el producto.

Pese a no ser relevante una vez expuesta la situación anterior, el folleto no entregado consiste en una oferta de diversos productos de preferentes, donde se hace colación a 31 productos de emisoras diferentes con sus precios de emisión, lo que en modo alguno es la información precisa que exige la Ley del Mercado de Valores. 

Fuente de datos: asuapedefin.com

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