martes, 24 de junio de 2014

La ganancia por la dación en pago y las preferentes, exentas del pago del IRPF

Madrid (EFECOM).- La reforma fiscaldel Gobierno incluirá la exención de tributar en el IRPF la ganancia patrimonial derivada de la dación en pago de la vivienda habitual, así como la exención de la plusvalía municipal. Lo ha anunciado en rueda de prensa el secretario de Estado de Hacienda, Miguel Ferre, que también ha explicado que las pérdidas de capital derivadas de la inversión en participaciones preferentes servirán para compensar las ganancias patrimoniales que se obtengan con las acciones fruto del canje.

Hasta ahora las ganancias patrimoniales por daciones en pago sólo estaban exentas del pago de impuestos cuando concurrieran todas las circunstancias establecidas en la ley de 2013 que refuerza la protección a los deudores hipotecarios y que sólo eximía a quienes estuvieran situados en el denominado "umbral de exclusión".

En el resto de casos, si la dación en pago se había producido cuando a la familia todavía le quedaba por devolver del préstamo un importe superior al del precio de compra de la vivienda, se generaba una ganancia patrimonial por la que había que tributar.

Fuente de datos: la vanguardia.com

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