El juzgado de Instrucción y Primera Instancia número 2 de Manzanares ha dado la razón a una vecina de la comarca a la que Bankia le bloqueó el dinero que había dejado en herencia su padre: “le dijeron que no podría retirarlo salvo que canjeara ese dinero -colocado en preferentes de 2004- por preferentes de 2009”, explica en un comunicado la abogada de Bolaños Nieves Menchero, que ha llevado el caso.
La sentencia es del pasado martes y según la abogada, “tan clara ha sido la situación que el juez ha tardado seis días en dictarla desde que se celebró el juicio.
En el extracto de fundamento de derecho el juez reconoce que el producto que se vendió suponía “un elevado riesgo”, y hace referencia al testimonio de una empleada de Bankia, M.A.AM., que reconoció en el juicio que por parte de la entidad no habían recibido curso o formación alguna para ofertar las participaciones preferentes y que ello habría sido necesario teniendo en cuenta la complejidad y el elevado riesgo del producto.
Esta testigo -siempre según Menchero Abogados- manifestó igualmente que las preguntas del test de conveniencia son demasiado genéricas para apreciar la capacidad y conocimientos financieros de una persona, que ni tan siquiera ella entiende la tercera pregunta de ese test, que esta tercera pregunta pude llevar a error al cliente respecto al folleto informativo, pues se le pregunta al cliente si conoce las inversiones de bajo riesgo del entorno euro, cuando del folleto informativo se desprende que las preferentes son un.producto de elevado riesgo.
La testigo también declaró que “que la naturaleza de las participaciones preferentes no es de renta fija cuando en el folleto informativo se dice que cotizan en AIAF (mercado de renta fija) o que ni tan siquiera conocía el funcionamiento de ese mercado secundario.
Hace apenas dos semanas este mismo bufete de abogados consuguió también otra sentencia favorable en primera instancia en otro caso de preferentes.
Fuente de datos: lanzadigital.com
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