La magistrada titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de La Bañeza ha dictado sentencia en favor de la Junta Vecinal de Nogarejas (municipio de Castrocontrigo), que había invertido 70.000 euros en el año 2008 en 70 títulos de obligaciones subordinadas de Caja España. La juez considera nulo el contrato y obliga a la entidad bancaria a devolver el diinero invertido por la entidad local menor y compensar los intereses legales de esta cantidad. La nulidad también impone a la pedanía devolver las cantidades que recibió por los títulos con los intereses.
La sentencia se suma a la que ya se dictó el año pasado en la contratación de participaciones preferentes de la entidad, en la que la junta vecinal había invertido 1,2 millones de euros. Tras conseguir una sentencia favorable del juzgado de instancia, ésta fue confirmada por la Audiencia Provincial tras plantear recurso el banco.
El fallo judicial que permite ahora recuperar una cantidad muy inferior a la que se rescató el año pasado se fundamenta en argumentos similares los de la sentencia sobre preferentes: la inexistencia de consentimiento al no haber informado de manera suficiente a los miembros de la entidad local sobre el producto que iban a adquirir.
La magistrada señala que Caja España, entidad con la que la junta vecinal trabajaba desde hacía años, realizó una labor de asesoramiento en la contratación de un producto desconocido para las autoridades de la localidad, por lo que existió una recomendación personalizada sin que se cumplieran los requisitos legales necesarios —información clara y precisa y test de idoneidad del inversor, fundamentalmente— en la contratación de productos financieros complejos, como las obligaciones subordinadas. Por este motivo concluye que procede anular la contratación, ya que el consentimiento del cliente estuvo viciado.
La sentencia se comunicó a la Junta Vecinal de Nogarejas el día 17 y se encuentra en plazo de recurso ante la Audiencia Provincial de León.
Fuente: diariodeleon.es
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