La última de ellas, la emitida por el Juzgado de Primera Instancia de Instrucción Nº 2 de Ponferrada en la que se obliga a la entidad –como predecesora de la antigua Caja España- a devolver 54.000 euros a un matrimonio berciano que invirtió en deuda subordinada.
Se trata de la tercera sentencia favorable a los clientes de productos bancarios tóxicos que se ha emitido desde los juzgados de Ponferrada y que demuestra, según reiteran de la plataforma de afectados, que la judicial es la única vía para recuperar el dinero invertido.
La primera llegaba de la sala de Primera Instancia e Instrucción número 8 de Ponferrada que determinaba que está probado que el banco Ceiss omitió informar a su cliente de todas las características del producto que iba a contratar y que, por ese motivo, la afectado suscribió esas participaciones preferentes pensando que se trataba de un plazo fijo.
Por ese motivo, la sentencia condena a la entidad bancaria a devolverle 10.000 euros más los intereses, así como a hacerse cargo de las costas
Dos días después, una sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Ponferrada declaraba nulo el contrato de suscripción de participaciones preferentes y obligaciones subordinadas con Caja España de un matrimonio de Ponferrada afectado por la colza, obligado a la entidad a devolver a los afectados 36.000 euros.
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