viernes, 13 de diciembre de 2013

DOS NUEVAS SENTENCIAS CONDENAN A CEISS POR SUBORDINADAS

Dos nuevas sentencias de obligaciones subordinadas dictadas por los Juzgados de Ponferrada que condenan a Banco Ceiss a devolver a los clientes los respectivos importes invertidos en las compras de estos productos, concretamente a uno la importante cantidad de 300.000€, y a otro 3.000€.

Ambas demandas, cuya defensa jurídica se ha llevado a cabo por DESPACHO ABACO de Ponferrada -que defiende a la Asociación Preferentistas afectados por Caja España (hoy BancoCeiss)-, las interpusieron un matrimonio sexagenario de Ponferrada, sin ningún conocimiento ni experiencia en inversiones y en mercados financieros; y otro matrimonio de Bembibre, más joven, pero también carentes de cualquier experiencia en la contratación de estos productos complejos y de riesgo.

Las sentencias las han dictado en el primer caso, el Juez Decano y titular del Juzgado de Primera lnstancia número 8 de Ponferrada y en ella se declara la nulidad de la orden de canje de 300 títulos de obligaciones subordinadas de Caja España, suscrita en el año 2010 por importe nominal de 300.000€; y en el segundo caso, la Jueza titular del Juzgado de Primera lnstancia número 2 de Ponferrada y en ella se declara la nulidad de las ordenes de compra inicial y posterior canje de 3 títulos de obligaciones subordinadas de Caja España, suscritas en 2009 y en 2010 respectivamente por valor de 3.000€.

En ambos casos se declara también la nulidad de las acciones ejecutadas en cumplimiento de la Resolución de la Comisión Rectora del FROB de recompra de obligaciones subordinadas y reinversión en bonos necesaria y contingentemente convertibles.

Los Juzgadores entienden que los contratos son nulos, puesto que los clientes de Caja España los firmaron mediando error invalidante en el consentimiento prestado, dado que no recibieron de los empleados de Caja España una información clara, veraz y suficiente respecto al tipo de producto contratado (obligaciones subordinadas), sus características esenciales y sus elevados riesgos, además de no haber evaluado adecuadamente sus conocimientos y experiencia inversora, incumpliendo así la entidad bancaria sus obligaciones de información, lealtad y diligencia para con sus clientes a las que viene obligada tanto por imperativo legal y como contractual.

Además, las sentencias condenan BANCO CEISS a pagar los intereses legales desde la fecha de contratación de las obligaciones subordinadas, y al pago de las costas de los juicios, y obliga a los clientes a devolver de los intereses percibidos mientras los pagaron.

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