El juez del Juzgado de Primera Instancia nº2 de Reus ha condenado a Catalunya Banc S.A. a devolver 18.000 euros a una pareja por la compra de un paquete de participaciones preferentes realizada en el año 2009. La sentencia destaca, por encima de todo, porque el juez declara en el fallo la «existencia de mala práctica de la demandada –Catalunya Banc S.A.–» y un comportamiento «desleal».
Así lo apunta también el abogado de la pareja denunciante, Josep Maria Pujol, quien añade que es la primera vez en la demarcación que un juez suscribe este tipo de afirmación en la parte dispositiva.
La sentencia, a la que ha tenido acceso el Diari, es firme ya que el plazo de alegaciones finalizaba ayer sin que este rotativo tuviera conocimiento de que se hubiera presentado alguna por parte de Catalunya Banc. En el fallo también se puede leer como la entidad bancaria presentó en octubre de 2013 un escrito en el que acataba la sentencia de la demanda antes de contestarla. La sentencia del juez obliga a satisfacer los 18.000 euros más los intereses legales pero sin imposición de los costes procesales en el procedimiento por ninguna de las dos partes.
Un producto ‘arriesgado’
El caso se remonta al 2009 cuando a la pareja, antigua cliente de la entidad y con una buena relación personal, se le ofreció unas participaciones preferentes sin que la entidad les advirtiera de los riesgos de un producto considerado «novedoso, complejo y arriesgado». Es más, según la demanda, la entidad les aseguró que se trataba de un producto «conservador y de poco riesgo». Todo esto teniendo en cuenta que los demandantes «disponían de una cultura alejada del mundo financiero».
La demanda también deja constancia de que los dos integrantes de la pareja no se les permitió retirar la cuantía inicial y se les comunicó que «el mercado en el que cotizaba dichos productos estaba bloqueado» y que no «podían devolverles la suma entregada».
Por lo que se refiere a Catalunya Banc, en casos relacionados con las preferentes ya ha declarado que, junto con la Agència Catalana del Consum, dispone de un sistema de arbitraje para solucionar casos parecidos sin necesidad de llegar a los tribunales y que permite a la gente recuperar el 100% de la inversión que efectuaron con estos productos bancarios.
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