Afectados por preferentes se quedan sin justicia gratuita... porque tienen preferentes
El escándalo social de las preferentes no parece conocer límites. Algunos de los afectados que invirtieron todos sus ahorros en estos productos y que apenas cuentan con recursos económicos solicitan el derecho a la asistencia jurídica gratuita. Y, rizando el rizo, hay juzgados que se lo están negando por tener signos externos de riqueza. Unos signos que son... las propias preferentes, que como es sabido han sido canjeadas con fuertes pérdidas por acciones que, en muchos casos, no se pueden hacer líquidas.
Es lo que le ha ocurrido a unafectado que reclama 30.000 euros a Bankia en Palencia, a quien la Comisión de Justicia Gratuita de esa provincia -con el apoyo del abogado del Estado- denegó el derecho por presentar "otros signos externos (depósitos bancarios) que manifiestan capacidad económica". El afectado recurrió esta decisión ante el juzgado y, afortunadamente para él, el juez decano de Palencia ha desestimado esta resolución basándose en que poseer "participaciones preferentes por sí mismo no puede considerarse como un signo externo de capacidad económica" .
En su auto, el juez José Ramón Quintana argumenta que "es público y notorio que en nuestro país existe una pluralidad de personas que han contratado este producto y que por la particularidad de tal producto no pueden retirar voluntariamente las cantidades aportadas, o lo que es lo mismo, no es un bien del que puedan disponer libremente y que por lo tanto sea un signo efectivo de capacidad económica, siendo que es voluntad del solicitante (...) ejercer las acciones tendentes a la declaración de nulidad del contrato que tenía por objeto las mencionadas participaciones preferentes".
Es decir, la primera negativa cayó en el esperpento de considerar que las propias preferentes que han dejado sin ahorros al afectado son un signo de riqueza que le impide disfrutar de justicia gratuita para reclamar precisamente que le devuelvan ese dinero. Una situación que va todavía más allá de las condenas que se están conociendo por venta de estos productos a discapacitados, analfabetos o menores de edad.
Afectados por las participaciones preferentes se manifiestan a las puertas de la audiencia nacional. (efe)Según distintos juristas de otras partes de España,no se trata de un caso aislado, sino que se está dando en numerosas ocasiones. Pero muchos afectados no recurren estas resoluciones (para lo que no se necesita abogado, pero existe un plazo de sólo cinco días) por desconocimiento, sino que procuran obtener los recursos de donde sea o, directamente, tiran la toalla y desisten de su reclamación ante la imposibilidad de hacer frente a los costes. La justicia gratuita permite al ciudadano disfrutar sin coste alguno de abogado, procurador y demás profesionales que deban intervenir en el procedimiento, así como la ausencia de otros costes económicos como las tasas judiciales o los depósitos necesarios para la interposición de recursos.
El riesgo de reclamar a la Justicia
Lo ocurrido en Palencia pone de manifiesto los grandes riesgos que tiene acudir a la Justicia por este tema ante la disparidad de criterios entre los diferentes tribunales, la incomprensión del producto y la falta de pericia de muchos abogados (aparte del desconocimiento abismal de la realidad que trasluce la primera resolución). De hecho, aunque la mayoría de los afectados están recibiendo sentencias positivas, también hay un buen número de dictámentes favorables a las entidades sin que, en muchos casos, haya grandes diferencias entre la situación de unos afectados y otros.
Precisamente, para evitar estos costes, contratiempos y riesgos, se han puesto en marchaprocedimientos de arbitraje en las entidades nacionalizadas, que son las que han tenido que aplicar canjes con quitas a los preferentistas por imposición de Bruselas en el MoU (Memorándum de Entendimiento con las condiciones del rescate). Este arbitraje es gratuito, mientras que hayabogados que cobran al cliente hasta el 50% de lo que recupere en los tribunales, y se rige por unos criterios que en teoría son homogéneos para todos los casos, aunque hay agravios comparativos como los que sufren los afectados de Ceiss (Caja España-Duero).
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