Una sentencia en firme del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Benidorm ha declarado la nulidad de la orden de adquisición de 2.600 títulos de participaciones preferentes de Caja España-Duero, que le vendieron en 2009 a una jubilada que reside en esta misma localidad. El juez ha condenado a Banco de Caja España de Inversiones, Salamanca y Soria (en el momento de la venta era Caja Duero) al reintegro de los 260.000 euros que costaron esos productos tóxicos, más los intereses legales, a la perjudicada, detrayéndole los rendimientos ya percibidos: 79.514 euros. Sin contar con esos intereses devengados, la cantidad que ya ha abonado la entidad en el juzgado benidormense asciende a 180.486 euros.
La importancia de esta sentencia es que se trata de la primera que se realiza en el Palacio de Justicia de Benidorm en favor de un particular que adquirió en su momento las ya conocidas preferentes, que tanta indignación social están generando entre los usuarios. De hecho, han provocado muchas movilizaciones en contra de varios bancos que comercializaron estos productos a personas mayores o que no tenían los suficientes conocimientos para interpretar sus riesgos. Según fuentes judiciales, hay varios casos similares que se encuentran aún en proceso en los juzgados benidormenses pero, hasta la fecha, no se ha dictado sentencia más sobre ninguno de ellos.
El abogado de la afectada, Adolfo Valor, subraya que se trata de una decisión considerable «porque abre en el ámbito judicial una tendencia que podría afectar a muchos perjudicados por estas situaciones».
Valor también explica que a su clienta, la entidad bancaria no le informó de que se trataba de un producto complejo y de alto riesgo. «Al menos, el juez ha entendido que no lo hizo tal y como marca la doctrina mayoritaria de las audiencias provinciales, que consideran que las entidades financieras deben tener una especial diligencia y transparencia a la hora de vender estos activos», precisa el abogado.
El magistrado, según la sentencia, también apunta que la entidad bancaria no realizó a la perjudicada el denominado test de idoneidad ni le dejó un período de reflexión sobre los riesgos del producto. «El juez tiene en cuenta que se le vendió a una persona que no es experta en este tipo de operaciones y que su experiencia previa, hasta la fecha, era la de realizar imposiciones a plazo, que es la fórmula más segura para que sus ahorros renten», argumenta Adolfo Valor.
El pasado 16 de enero, este mismo juzgado notificó que la resolución era firme, tras no haberse presentado ningún recurso de Banco de Caja España de Inversiones, Salamanca y Soria (CEISS). Esta entidad fue consultada por este diario, y declinó hacer ningún tipo de declaración al respecto. El letrado de la preferentista confirmó que el Banco CEISS ya ha abonado la cantidad de 180.486 ? en los juzgados de Benidorm.Momentos delicados
La demandante, una mujer de 75 años, se encontraba en un momento delicado en el momento de la compra de estas preferentes: hacía poco tiempo de la muerte su marido, con el que se había trasladado, hace años, a Benidorm desde el norte de España. «A mí me dijo ella que, tras el fallecimiento, no estaba para nada y que fue entonces cuando el director del banco le vendió esta opción como la más ventajosa para las operaciones que hacían con sus ahorros. Hasta ese momento, eran de lo más seguras: imposiciones a plazo», indica el abogado.
Valor afirma además que la pequeña inversora tuvo ciertos perjuicios económicos en su día a día, «aunque es muy reservada y no da demasiados detalles al respecto». El abogado insiste en que, sobre todo, «ha sido un daño moral por la situación que vivía cuando las compró y por ver bloqueados los ahorros de toda su vida».
No hay comentarios:
Publicar un comentario