martes, 17 de junio de 2014

Nuevo espaldarazo judicial a los afectados por las preferentes del CEISS en León

Dos sentencias de primera instancia dan la razón a los perjudicados por las participaciones preferentes de esta entidad. Uno de los afectados era un niño, al que cambiaron su dinero de una cuenta ahorro infantil por preferentes de la entidad.

La justicia respalda a dos afectados por preferentes del banco CEISS en la provincia de León. Dos nuevos casos con final feliz: uno en la capital leonesa y otro en el municipio de la Bañeza. Ambos casos han contado con la defensa letrada del abogado Bernardo García Angulo, y han sido dictadas por juzgados de primera instancia.

El primero de los casos es especialmente llamativo por tratarse el afectado de un niño. Sus padres decidieron abrirle una cartilla donde irle metiendo dinero para su futuro. La cuenta estaba a nombre del niño, aunque lógicamente administrada por sus padres. Cometieron el error, sin embargo, de dejarse aconsejar por quien se suponía entendía del sector y velaba por sus intereses: los empleados de su sucursal bancaria. Este asesoramiento les llevó, en primer lugar, a canjear los ahorros de la cartilla, 5.000€, por acciones de la compañía Acciona en el año 2.010. Posteriormente, en 2.011, les aconsejó que, para sacar aún más rendimiento de este capital, invirtieran en un producto “que les iba a dar mayor interés” y que “era totalmente seguro”. Como no podía ser de otra forma, hablaba de las preferentes. Más adelante recibieron una comunicación de Caja España informándoles de que una gran parte de los ahorros del niño ya se habían perdido.

La segunda sentencia juzga otro caso, ocurrido en el municipio leonés de La Bañeza. Los afectados eran un matrimonio jubilado de la localidad, que decidió invertir sus ahorros de toda una vida en preferentes aconsejado por un empleado bancario. La suma ascendía a 206.000€, que colocaron allí porque se les habló de un producto seguro y con mayor rentabilidad. Por supuesto, tal y como se desprende de la declaración en juicio del empleado que se las vendió, en ningún momento se habló de perpetuidad ni de posibilidad de pérdidas. Además, el “test de conveniencia” que se realizó ha resultado ser un mero formulario con cuestiones muy vagas y genéricas.

Ahora, gracias al fallo del Juzgado de Primera Instancia número 2 de La Bañeza, la viuda podrá recuperar sus ahorros. También la justicia ha dado la razón al menor afectado en el caso de León capital, y obliga al banco CEISS a restituir los 5.000€ a su cuenta. En total, 211.000€ que deberá devolver la entidad bancaria por sus excesos en la colocación de este producto especulativo a clientela minorista y desprotegida.

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