miércoles, 1 de octubre de 2014

Un matrimonio octogenario reclama sus ahorros de 100.000 euros a Ceiss


Los ancianos, con una hija discapacitada e inválida, ahorraban para poder asegurarse su ingreso en una residencia

La confianza en el responsable de la sucursal, que dijo no tener la certeza de que se hubiera ocupado personalmente del asunto, ni de la renovación del contrato hasta 2009, era "absoluta", explicó el abogado de los ancianos durante el juicio y admitió el propio empleado de Ceiss. "Han sido siempre clientes" de su oficina desde que se instalaron en la capital y se conocieron "hace 14 años" cuando estuvo destinado en la de Moraleja del Vino. La relación fraguada a lo largo de años justifica que "comentaban habitualmente conmigo" los productos a elegir para invertir sus ahorros. "Confiábamos en él", declaraban los dos ancianos minutos antes de entrar en sala. Tanto que conoce sus cuentas, confirmó el director de Ceiss a preguntas del abogado de los demandantes, Gregorio Garrido. De hecho, "la mayoría de los productos" que adquieren, salvo estas preferentes, "son depósitos a plazo fijo", declaró. En su sucursal les hacían hasta la declaración de la renta. El trabajador describió un perfil "de ahorrador" al referirse a la pareja, "el único producto de riesgo que tienen son las preferentes", concretó ayer en el juicio. No pudo precisar "si cuando acudieron" a realizar la inversión "se siguió el protocolo" adecuado. Es decir, si se informó a los demandantes sobre las peculiaridades de un producto que resultó ser "complejo, de riesgo elevado y no aconsejable para minoristas, que no es para cualquiera y menos para ahorradores", subrayó Garrido.

"Ni tiempo para pensar"

El letrado incidió en sus conclusiones en que al matrimonio "nunca les han gustado los riesgos", como demuestra el que todo su dinero lo tengan a plazo fijo o en depósitos, porque su propósito está "muy lejos de lucrarse", solo persiguen ahorrar. Aludió a la falta de información sobre el producto, que acredita el que únicamente existe "la orden de compra, firmada solo por el marido", cuando las entidades financieras exigen para otro tipo de operaciones la firma del matrimonio. Además, acusó a la entidad de no facilitarles "ni contrato ni tríptico informativo", "ni tiempo para pensárselo" antes de decidir.

La abogada del Ceiss se remitió al producto adquirido en 1999, similar a las preferentes, aunque no perpetuas, para defender que los clientes conocían el producto. "No existe error" en el contrato de preferentes porque "se hizo a los cinco años del anterior", concluyó.

Fuente de datos: laopiniondezamora.com

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