Los perjudicados, que creen que el reintegro debería hacerse de oficio, lamentan que la cuantía exigible se limite a los últimos cuatro años
La cuestión es que, mientras los tenedores de preferentes recibieron rentabilidad por la compra de los títulos -una rentabilidad que superó el 8% en algunos casos- tuvieron que declarar a Hacienda estos ingresos. El fisco, a la hora de realizar la declaración de la renta, les aplicaba unas retenciones "del 21%", según relata Basilio Gamón, coordinador de las plataformas de afectados a nivel regional. La controversia surge en que la mayoría de las sentencias descuentan del montante total a devolver por Ceiss los intereses por las preferentes que ya fueron percibidos, es decir, se da por supuesto que los preferentistas tienen en sus manos esta diferencia. Y esto no es así. Existe una variación del 21%, justo la parte que se quedó Hacienda y que "está perdida" a menos que se reclame oficialmente ante el fisco.
Esto no es algo que se limite a las preferentes de Caja España-Duero, recuerdan desde las plataformas de afectados. Aunque la entidad regional es sin duda la que ha dejado más afectados a nivel provincial, las plataformas de perjudicados por la venta de híbridos aseguran que "hay que reclamar en todos los casos, sea cual sea la entidad financiera" en cuestión.
Sin embargo, el problema de verdad para los preferentistas, y en el que ven "un hecho gravísimo de injusticia", reside en que Hacienda solo devuelve la parte cobrada por los rendimientos de las preferentes y deuda subordinada de los últimos cuatro años. El resto, según asevera Basilio Gamón, habría prescrito, por lo que los afectados no tienen forma de reclamar los intereses que tuvieron que pagar a Hacienda antes del año 2011.
Sin embargo, aseguran -y así lo corroboran las sentencias que se han dictado hasta el momento-, "para pagar valen todos los años", aunque las preferentes se suscribieran "en las primeras emisiones, en el año 2004". Los jueces tienen en cuenta todos los intereses percibidos por las preferentes y descuentan el montante del total que tiene que devolver la entidad -el valor del producto suscrito-.
Por ejemplo. Un preferentista que comprara títulos por valor de 10.000 euros y que recibiera el máximo de interés, un 8%, habría percibido en un año un total de 800 euros como rendimiento a este producto financiero de "alto riesgo". Esta misma persona habría tenido que pagar a Hacienda 168 euros por el rendimiento de los híbridos. Ahora bien, con una sentencia al uso la entidad "solo" habría tenido que devolver 9.200 euros, pues el resto -800- se dan por pagados al haberlos recibido en intereses. En este escenario esta persona habría visto como, pese a tener sentencia en firme, la compra de preferentes le habría supuesto unas pérdidas de 168 euros, lo declarado a Hacienda y lo que ahora "hay que reclamar". No obstante, si este supuesto escenario se registró con anterioridad al año 2010, "no hay nada que reclamar".
De momento los preferentistas están a la espera de que la Agencia Tributaria de Zamora comience su actividad al respecto. Las reclamaciones "han llegado", confirman desde las plataformas de afectados, pero los trámites de momento no han cristalizado en nada. A día de hoy la actividad en este sentido se limita a la provincia de Palencia, donde la Agencia Tributaria ya ha procedido a devolver las retenciones hechas sobre los intereses de las preferentes a tres compradores de híbridos.
Fuente: laopiniondezamora.se
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