martes, 15 de abril de 2014

Los titulares de preferentes se quedan sin borrador de la renta

AGUSTÍ SALA BARCELONA
No solo pierden ahorros sino que ganan complicaciones fiscales. Los miles de titulares de preferentes no recibirán el borrador de la renta 2012, que puede pedirse y confirmarse desde el 2 de abril, por ser un producto que carece de retención, según afirma Hacienda en respuesta a varias consultas recibidas. Son miles de personas que tendrán que elaborar la declaración con los datos que les envíe la Agencia Tributaria y con los que tengan en su poder relacionados con este complejo y ruinoso producto financiero.

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Información publicada en la página 20 de la sección de Economíade la edición impresa del día 15 de abril de 2013 VER ARCHIVO (.PDF)
La cuestión es que al tener muchos afectados concentrados sus ahorros en estos títulos que creían seguros y que arrojan pérdidas, carecen de ganancias en depósitos o dividendos que compensar, aunque tienen cuatro años para hacerlo. En resumen, «no pueden neutralizar las pérdidas», explica Josep Maria Noguera, portavoz de la Associació Professional de Tècnics Tributaris de Catalunya i Balears.
Lo cierto es que muchos ignoran esta situación y esperan el borrador. Los asesores fiscales consultados critican que el Gobierno no haya hecho una regulación especial como en otros casos excepcionales, dado que muchos afectados son jubilados. Para la renta 2012, el fisco ha incluido en los supuestos para el borrador a quienes tienen bonos autonómicos, que en la campaña pasada quedaron excluidos.
DOBLE ENGAÑO / Y es que muchos preferentistas han sufrido «un doble engaño: la pérdida de valor de sus ahorros y que solo pueden neutralizar esas pérdidas si tienen otros ahorros», dice Noguera. Lo mismo sucede si se han acogido a la conversión en acciones. Si venden estos títulos con números rojos solo podrán compensarlos con ganancias con operaciones bursátiles o la venta de inmuebles. En el fondo, no estamos ante un problema fiscal sino de haber colocado un producto a quien no debería habérsele vendido .
Hacienda concluye que «los contribuyentes que perciban rendimientos del capital mobiliario derivados de participaciones preferentes no tienen el perfil de borrador porque perciben rendimientos no sujetos a retención». Por el momento descartan un trato especial para ellos, algo que critican los expertos.
Los ingresos o, mejor dicho: pérdidas con preferentes, tienen la consideración de rendimientos del capital mobiliario, por lo que se incluyen en la base imponible del ahorro y pagan el 21%, el 25% o el 27%, según si se sitúan por debajo de 6.000 euros, si están entre esta cantidad y 24.000 euros o si sobrepasan esta cifra. Al hacer su declaración, el titular deberá conocer el precio al que adquirió los títulos. Hacienda solo tiene el de venta, lo único que están obligados a comunicar los bancos.
Bruno Domínguez, abogado de Baker & McKenzie, destaca que el tratamiento fiscal de los rendimientos tiene la ventaja de poder compensar ganancias de la misma naturaleza y rebajar la factura fiscal y la desventaja de las pérdidas, aunque en puridad debe hablarse de rendimientos negativos, ya que no son plusvalías o minusvalías patrimoniales. La sorpresa de no poder acogerse al borrador es en el 2012, que fue cuando se llevaron a cabo canjes y conversiones por acciones. Hasta entonces, al ser intereses y tener retención, no había problema.
Por su parte, Joan Pons, abogado de Linktax, recuerda la complejidad de los procesos en los que el titular recibe la devolución de la inversión en dos veces. La primera, con un rendimiento negativo, y la segunda, con el resto de la cantidad pactada con el banco, que deberá computarse completamente como rendimiento positivo del capital con una retención del 21%.
Fuente de datos: El Periodico

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