Cuatro matrimonios de Cáceres recuperarán 250.000 euros en total, con intereses legales y costas, ligados a obligaciones subordinadas contratadas con Liberbank, según ha fallado el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Cáceres.
Uno de los matrimonios ya han cobrado su dinero, un agente de la Guardia Civil jubilado y su mujer, que han recuperado 48.000 de sus ahorros, según ha informado el delegado de Ausbanc en Extremadura, Juan Luis Picado, en declaraciones a Efe.
Los cuatro matrimonios han obtenido "la nulidad de los contratos por vicio en el consentimiento de las obligaciones subordinadas", según establecen las sentencias del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Cáceres, facilitadas por Ausbanc.
Los demandantes, explican los fallos, "invirtieron pensando que era un depósito a plazo fijo, guiados por la confianza que mantenían con la entidad de Caja Extremadura".
"Depositaron su dinero o los ahorros de toda su vida en un producto que el director de la oficina bancaria les aseguraba que podían obtener su dinero en cualquier momento, sin ningún tipo de riesgo y con una rentabilidad muy atractiva", según las sentencias.
Las subordinadas fueron contratadas en 2011, lo que "acredita la mala fe de la entidad, ya que en 2009 la crisis financiera era un hecho palmario", subraya el juzgado.
En el caso de la sentencia del guardia civil jubilado se recoge una dato relevante: que el director de la entidad que colocó las subordinadas reconoció en el juicio que "la idea que tenía en aquel momento era que las subordinadas eran prácticamente un depósito y que tenían liquidez inmediata, sin que las considerara un producto de riesgo; lo que denota el poco conocimiento" que tenía sobre el producto que estaba ofreciendo.
"Estos señores han estado vendiendo obligaciones subordinadas a personas, no ya que no tuvieran formación financiera, sino que en muchos casos no tienen formación académica básica, sin ningún tipo de advertencia", según el delegado de Ausbanc.
Según Picado, la mejor solución para los afectados es la presentación de demandas judiciales individualizadas, que expongan caso por caso los perfiles y circunstancias de cada ahorrador.
Otro de los aspectos destacables de las cuatro sentencias es que cuando se producen las reclamaciones verbales ante la entidad, se facilita un documento al demandante que "cree que sirve para liquidar la compra de subordinadas, pero en realidad estaban firmando un préstamo personal, cuyos intereses se pagaban con la rentabilidad de las propias obligaciones subordinadas", según precisan las sentencias.
Estos préstamos también han sido anulados, "como consecuencia de la nulidad de los contratos primigenios".
Las sentencias están fechadas en el mes de abril, mayo y junio de 2014.
Fuente de datos: finanzas.com
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