viernes, 27 de marzo de 2015

Sentencia millonaria por preferentes en Cantabria

La Audiencia Provincial de Cantabria ha confirmado una sentencia que condenó a Bankia a devolver 1,1 millones de euros a una pareja que firmó varios contratos de preferentes y deuda subordinada entre 2009 y 2011.

La sección cuarta de la Audiencia rechaza así un recurso de la entidad financiera contra una sentencia previa del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Torrelavega, que en enero de 2014 aceptó la demanda de los afectados y condenó a Bankia a devolver el importe de los contratos más intereses, descontando los rendimientos obtenidos hasta entonces por la pareja. La nueva sentencia, dictada el pasado 24 de febrero por la Audiencia Provincial, ratifica aquel fallo, pero todavía cabe recurso.

Según se explica en la resolución judicial, los afectados suscribieron con Bankia varios contratos de participaciones preferentes y obligaciones subordinadas por valor total de 1.150.000 euros. En su defensa, la entidad financiera alegaba, entre otras cosas, que ella actuó sólo como intermediaria de Caja Madrid Finance Preferred, que era quien emitía esos productos financieros.

Sin embargo, la Audiencia recalca que en la documentación de los contratos aparece el membrete de Caja Madrid (hoy Bankia), los afectados contrataron el producto en sus oficinas y ambas empresas pertenecen al mismo grupo. Pero además, señala que es la entidad demandada la que lleva a los afectados al error en la firma del contrato, al ofrecerles un producto complejo y de alto riesgo, pese a tratarse de clientes minoristas.

Bankia argumentaba que se entregó a los clientes documentación "clara, veraz y adecuada" sobre los productos que contrataban y achacaba el error a "falta de diligencia" de los afectados al recibir esa información.

La sentencia, en cambio, señala que el error se debió a la falta de información sobre la realidad de los productos que contrataban y a la "confianza" depositada por los clientes en su entidad.

Aunque Bankia insistía en que se entregó documentación a los afectados, la Audiencia replica que el hecho de que firmaran unos documentos "modelo" no prueba que los leyeran y los entendieran y, además, precisa que en algunos de ellos no estaban firmadas todas las hojas.

Para la Audiencia cántabra, los afectados contrataron estos productos "desconociendo por completo" sus características y sus riesgos y, por ello, ratifica la sentencia del Juzgado de Torrelavega, que anuló los contratos y condenó a la entidad a devolver sus importes a los clientes.

Fuente: eldiariomontanes.es

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