Dos juzgados de primera instancia han anulado los contratos de preferentes y participaciones subordinadas de Liberbank-Caja Cantabria de una ama de casa de más de 70 años y de un matrimonio sin conocimientos financieros, y ha ordenado que se devuelva el importe, con intereses y costas.
Las sentencias, que ha facilitado la Plataforma de Afectados por Preferentes en Cantabria, son de los juzgados de primera instancia número 2 de Medio Cudeyo y de primera instancia número 7 de Santander, y contra ellas cabe recurso.
El juez de primera instancia número 7 de Santander -el juzgado de las preferentes- anula el contrato de las participaciones y obligaciones subordinadas que suscribió la ama de casa de más de 70 años y obliga a que se le devuelvan 199.400 euros -ella contrató 210.800 euros, pero le restan amortizaciones por valor de 11.400-.
A esa cantidad hay que añadir los intereses y las costas procesales.
Destaca que ese contrato se firmó sin que se facilitara una información "precisa, correcta y adecuada", y por ello entiende que la entidad incumplió sus obligaciones de "imparcialidad, buena fe diligencia y prudencia".
Mientras, el juez de Medio Cudeyo habla del perfil del demandante al que se refiere su sentencia, y dice que es "el de pequeño ahorrador, minorista y conservador", sin conocimiento en materia financiera.
Caja Cantabria, en su opinión, se "aprovechó" de la relación que tenía con este cliente, que demandó por valor de 97.000 euros, y le presentó el producto como seguro "y altamente rentable".
Este juez recurre a expresiones como "conducta conscientemente desleal de la entidad" o "intento -vano por completo- de presentarse (la entidad bancaria) como una víctima inocente de las maquinaciones perversas del actor (el ahorrador)".
También considera que los argumentos esgrimidos por Caja Cantabria en cuanto a un funcionamiento "no tan complejo" de este tipo de productos financieros "deberían causar, sencilla y llanamente, sonrojo", pues, a su juicio, son "insostenibles".
Este juez también insiste en que la entidad no cumplió con su obligación de informar al cliente y, de hecho, habla de "clamorosas omisiones" en este sentido.
"Sostener que la entidad financiera ha cumplido escrupulosamente con toda la normativa vigente, y especialmente con las obligaciones de información a su cliente resulta (...) una afirmación tan ligera y contraria a la realidad contrastada que constituye una auténtica tomadura de pelo", razona el juez de Medio Cudeyo.
Agrega que no se ha acreditado la existencia de test de idoneidad e incide en el incumplimiento de la normativa en materia de protección de consumidores.
La Plataforma de Afectados ha querido agradecer a todos los jueces "que desde un largo tiempo a esta parte están viendo casi todos los días casos como éstos", y que, a su juicio, "están demostrando una sensibilidad con lo que es de absoluta justicia".
Y también destaca el "compromiso con la verdad y con la parte más débil en esta batalla que enfrenta a los ciudadanos con los bancos que han abusado de sus clientes".
Fuente de datos: abc.es
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