martes, 17 de febrero de 2015

El Constitucional avala el real decreto que imponía quitas a las preferentes

El Tribunal Constitucional (TC) ha desestimado este lunes el recurso presentado por el PSOE al real decreto-ley de protección de los titulares minoristas de participaciones preferentes de entidades financieras, que imponía una quita a los titulares de preferentes mediante el canje de estos productos por acciones.

El Tribunal Constitucional señala que el PSOE recurrió el decreto ley por considerar que la norma no cumplía los requisitos de "extraordinaria y urgente necesidad" que permite al Ejecutivo legislar por este medio. Sin embargo, el pleno del Tribunal considera los decretos ley no deben limitarse a situaciones de "peligro grave para el sistema constitucional o para el orden público", sino también en momentos concretos que "requieren una acción normativa inmediata".
La situación de urgencia afecta a las consecuencias negativas derivadas de la incorrecta comercialización de participaciones preferentes, cuyos afectados han soportado "especiales dificultades económicas" para recuperar su inversión, según el Tribunal.
Además, el real decreto introduce mejoras regulatorias para la protección de los afectados, según el Constitucional que se abraza a este argumento para rechazar el recurso que en junio de 2013 interpuso el PSOE.
La sentencia, cuyo ponente ha sido Pedro González-Trevijano, ha contado con los votos particulares de los magistrados Luis Ortega y Fernando Valdés Dal-Ré, ambos partidarios de admitir el recurso de los socialistas. A los tenedores de participaciones de preferentes y deuda subordinada se les ofreció la posibilidad de someterse al arbitraje, aunque antes de eso los clientes de las tres entidades financieras afectadas (Bankia, Novagalicia y Catalunya Banc) sufrieron una quita mediante su canje por acciones.
Las quitas variaban en cada entidad financiera y, por ejemplo para Bankia, la quita media fue del 38 % para las preferentes, del 36 % para la deuda subordinada perpetua y del 13% para la subordinada con vencimiento. En Novagalicia, los clientes sufrieron una quita del 43% en las preferentes, del 41% en la deuda subordinada perpetua y del 22% en la subordinada con vencimiento. Y en el caso de Catalunya Banc el recorte para los tenedores de preferentes fue del 61%, mientras que en deuda subordinada perpetua fue del 40% y en deuda con vencimiento fue del 15%.
Fuente de datos: economista.elpais.com

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