Nueva sentencia en contra de la entidad financiera Bankia por la venta de acciones en la provincia de Castellón. El Juzgado de Primera Instancia número 8 de Castellón ha declarado «nula por error en el consentimiento» la compra de acciones de la entidad el pasado 19 de julio de 2011 por un importe total de 1.253,88 euros. La entidad tendrá que abonar esta cuantía a los afectados, además de soportar los intereses legales de conformidad y hacer frente a las costas del proceso judicial, según consta en la sentencia facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV).
Según se argumenta en el fallo emitido el pasado 7 de abril, «en este caso el error no se representa tanto respecto del producto concreto, sino de la situación económica de la entidad financiera que se presentó precisamente para la captación de clientes en la oferta de suscripción de acciones».
No obstante, prosigue el texto, «llamamos también la atención de que no aparece ni la orden de compra de acciones, ni firmado el resumen folleto informativo de la oferta pública de suscripción de acciones de Bankia». El juez insiste en que la entidad «no reflejó la realidad en sus cuentas anuales de 2011». «Si la situación real hubiese sido conocida por el actor a buen seguro no hubiese suscrito las acciones que adquirió», prosigue la sentencia.
Cabe recordar que la Unión de Consumidores (UCE) de Castellón está gestionando la presentación de demandas contra Bankia por la compra de acciones en la oferta pública efectuada en julio de 2011. Más de 150 demandas ya se han presentado en los juzgados de Castellón y van llegando las primeras anulaciones de la compra de acciones. Hasta la fecha serían dos las demandas ganadas a Bankia que han trascendido.
Fuente: elmundo.es
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