jueves, 16 de abril de 2015

Dos de cada tres afectados por las preferentes se quedaron fuera de los arbitrajes de CatalunyaCaixa

Los afectados por las preferentes de CatalunyaCaixa han sido los peor parados del proceso de arbitrajes, viéndose obligados en muchos casos a acudir a los tribunales, un proceso a priori mucho más largo, para poder recuperar sus ahorros. Esa fue una de las denuncias que realizó Adicae durante la pasada junta de accionistas de la entidad catalana, la última antes de que sea absorbida por BBVA.

Adicae asistió al acto en representación de los pequeños accionistas, la gran mayoría de los cuales eran antiguos poseedores de preferentes y deuda subordinada que se convirtieron forzosamente en accionistas de forma obligada. Según señala la asociación en su página web, la entidad “cometió prácticas comerciales abusivas de manera premeditada con el único objetivo de capitalizarse, sin ningún tipo de escrúpulos, utilizando una estrategia de expolio al ahorro popular”.

Pero es que además, Adicae denuncia que “muchos de los afectados por este fraude masivo se han visto obligados a invertir tiempo y dinero en procesos judiciales que se habrían podido evitar resolviendo el problema a través de la mediación”. Los últimos datos oficiales sostienen que de los 122.585 clientes con preferentes y deuda subordinada de CatalunyaCaixa, un 89% había solicitado una resolución extrajudicial. Sin embargo, sólo un 37% de las reclamaciones de clientes(62.256) que solicitaron un arbitraje fueron aceptadas.

Este hecho confirma, según Adicae, que el arbitraje fue una vía creada “a favor de los intereses de la banca para limpiar su imagen” y que únicamente “pervierte el sistema arbitral de consumo”.

No sólo los afectados de CatalunyaCaixa son los que se han visto en mayor porcentaje por ahora fuera de los arbitrajes, sino que también fueron los que sufrieron una mayor quita cuando los títulos se convirtieron en acciones de los bancos.

En concreto en CatalunyaCaixa, los descuentos alcanzaron el 61% en las preferentes, el 50% en la deuda subordinada perpetua y el 11% en la deuda con vencimiento. En estos últimos títulos, los tenedores podían optar también por un canje a través de un depósito bancario tradicional con el mismo vencimiento y con un descuento sobre el nominal del 1,5% mensual hasta la fecha de vencimiento de la emisión.
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Fuente: elboletin.com

1 comentario:

  1. Y no aceptaron el ir a arbitraje a los que tenían subordinadas con vencimiento por encima de 10.000€.
    Y para más inquina, las sentencias que pierde el banco en 1ª son recurridas prácticamente todas.

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