Entrevista a los abogados Fernando J. López Álvarez y Florencio Bermúdez Benito
- ¿Que opináis sobre el canje de Caja Duero-Caja España?.
- Se trata de un "fraude sobre el fraude" de la venta de participaciones preferentes y obligaciones subordinadas a clientes con un perfil absolutamente conservador (a los que nunca se le tenía que haber ofrecido este tipo de producto, tal y como anteriormente venían prescribiendo la CNMV) y que siempre habían tenido sus ahorros en plazos fijos o productos seguros y a los que en ningún momento se les explicó de manera clara, suficiente y comprensible los mismos, y que teniendo en cuenta la naturaleza tan compleja de los referidos productos, los clientes no han sido conscientes de lo que realmente habían contratado hasta que le practicaron la quita.
- ¿Realmente los clientes no sabían lo que contrataban?
- En un 80% de los casos, aproximadamente, los clientes no tenían conocimiento de los productos que, como si fueran depósitos o plazos fijos de la Caja, le vendieron estas entidades bancarias abusando de la confianza que existía desde hacía muchos años entre los empleados de la Caja y el cliente.
- ¿Recomendáis acudir al canje de Caja Duero-Caja España?
- Consideramos que la alternativa para que los clientes recuperen el 100% de sus ahorros es la vía judicial. De hecho a día de hoy en un 90% aproximadamente de los casos las Sentencias han sido estimatorias. Tenemos el reciente ejemplo de los clientes de BANKIA que acudieron al arbitraje y en el que la media de cantidades devueltas está en unos 4.500 euros. Sólo en el caso de clientes, en principio, con cuantías inferiores a 5.000 euros o con un perfil financiero muy agresivo desaconsejamos recurrir a la vía judicial aceptando como un mal menor el canje.
- ¿Qué riesgos oculta el canje de Caja Duero-Caja España?
- Aquellos clientes que acepten el canje deberán soportar, a parte de las quitas ya sufridas, una nueva quita del 71%. El resto del capital invertido se lo devolverán, pero no en dinero en efectivo, sino que la mitad se restituirá en bonos perpetuos con unos intereses condicionados a que existan beneficios de la propia Caja (algo ilusorio por el momento y siempre aleatorio), y la otra mitad en bonos convertibles en un futuro en acciones de UNICAJA. En el mejor de los casos para los clientes que acudan al canje podrán recuperar, una vez firmen ante Notario la renuncia a demandar a Caja Duero-Caja España, un 35-40% aproximadamente del dinero depositado.
- ¿Por qué han ampliado el plazo para acudir al canje?
- Según nuestro propio análisis, así como el de los economistas de Salamanca y Madrid que colaboran con nuestro despacho, a Caja Duero-Caja España no le salían las cuentas y por ello han tenido que ampliar el plazo hasta el día 10/01/2014 e inventar un programa que simula un posible resultado del futuro arbitraje para, de esta forma, y sin garantizar con seguridad al cliente que le van a devolver al menos ese 35-40% aproximado del que hemos hablado anteriormente, incitar a los perjudicados por participaciones preferentes y obligaciones subordinadas a que renuncien definitiva e irreversiblemente al auxilio de Jueces y Tribunales, quedando la solución del conflicto en las manos de unos árbitros designados por la propia Caja y el FROB, que por el origen de su designación y por quien va a pagar sus honorarios hace que cuestionamos seriamente su imparcialidad y objetividad a la hora de resolver.
- Entonces, ¿qué aconsejáis a los afectados por preferentes y obligaciones subordinadas?
- Nosotros no generalizamos; siempre hay que examinar la viabilidad jurídica/económica del caso concreto y, después, asesorar al cliente si su caso tiene visos de prosperar en la vía judicial. Por ello proponemos a todos los afectados que aún no hayan venido a visitarnos que acudan a nuestro despacho jurídico que se encuentra en Salamanca, Plaza de la Fuente (923270880) y Zamora, C/ Riego nº 24 (980535027) donde, después de recabar toda la documentación pertinente, valoraremos detenidamente su caso desde el punto de vista judicial y económico.
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