sábado, 22 de marzo de 2014

El FROB confirma que se quedará los títulos de Ceiss procedentes de juicios por las preferentes

El director general del FROB, Antonio Carrascosa, atiende a los periodistas.

Comunica en un hecho relevante que se hará con el control de los bonos o acciones procedentes de aquellos casos en los que haya una sentencia judicial contra Ceiss o se haya aceptado el canje.

El Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) ha dado a conocer un hecho relevante en el que confirma que se hará con las acciones o bonos procedentes de aquellos titulares que tengan una sentencia judicial que obligue a Ceiss a rembolsar el dinero, fundamentalmente, de preferentes.Esta medida confirma la manera en que el FROB se hará cargo de las compensaciones a los preferentistas que hayan logrado por vía judicial que se declaren nulos los contratos de preferentes y subordinadas, ya que el regulador pagará las indemnizaciones, para las que ha dispuesto 241 millones de euros; y también a los que tengan un laudo, categoría en la que entran los que aceptaron el canje y el mecanismo de compensación, para el que hay unos 160 millones de euros dotados.

El montante total de 400 millones de euros puede quedarse bastante corto, especialmente la partida destinada a compensar los juicios perdidos. Las sentencias condenatorias rondan las 300 en Castilla y León y los afectados están ganando el 90% de los juicios, con lo que podrían hacer falta cerca de 450 millones de euros.

El FROB adquirirá las acciones o bonos de Ceiss de aquellos inversores que hayan obtenido un laudo positivo en arbitraje por instrumentos híbridos o unasentencia favorable firme que contenga una obligación de pago por parte del banco. Según ha comunicado la entidad a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), el consejo de administración de banco Ceiss aprobó suscribir el texto definitivo del acuerdo a formalizar con el FROB por el que se regulan aspectos básicos relativos a las garantías otorgadas en el marco del Plan de Resolución.

En este acuerdo "se desarrolla el procedimiento para la adquisición por el FROB de las acciones o los Bonos Ceiss propiedad de inversores que hayan obtenido un laudo que contenga una obligación de pago por parte de Banco Ceiss o una sentencia favorable firme o respecto de la cual se haya instado y acordado su ejecución frente al banco, todo ello en demandas relacionadas con instrumentos híbridos".

En este acuerdo también se regulan los términos y condiciones del Mecanismo de Compensación, diseñado para asegurar que el FROB reciba el valor económico de los valores Ceiss que pueda adquirir.

Fuente de datos: Tribuna Avila.com

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