El Juzgado de Primera Instancia número 6 de Salamanca considera que "la entidad demandada no cumplió con su obligación de informar adecuadamente a los demandantes del producto que se le ofrecía, pues no consta que se diera información sobre la naturaleza y características del producto contratado, sino que se omitió toda referencia a los riesgos"
La Asociación Salmantina de Afectados por Preferentes y Subordinadas comunica que ha obtenido otra nueva sentencia favorable, en este caso a favor de una salmantina afectada por la suscripción de 15.000 euros en participacioones preferentes. La sentencia declara nula la suscripción y obliga a Caja España a la devolución a los afectados del dinero suscrito, más los intereses legales que correspondan así como la condena en costas del juicio.
La sentencia, a la que ha tenido acceso este diario, deja sin efecto el contrato suscrito en mayo de 2009 pues, como ya se viene argumentando en otras sentencias, “la entidad demandada no cumplió con su obligación de informar adecuadamente a los demandantes del producto que se le ofrecía, pues no consta que se diera información sobre la naturaleza y características del producto contratado, sino que se omitió toda referencia a los riesgos”.
Y añade que “esta falta de información verbal no queda remediada con la firma del documento. El principio de la buena fe que debe presidir cualquier relación contractual y el cumplimiento de la normativa del mercado de valores imponía la obligación de explicar e ilustrar al cliente los riesgos que presentaban las participaciones preferentes, y hacerlo, dada la escasa formación financiera del cliente, de forma que comprendiera, mediante explicaciones sencillas, el alcance de su decisión”.
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