miércoles, 15 de octubre de 2014

Una juez de Segovia condena a Bankia y Caja España a devolver el dinero por subordinadas y preferentes

La Juez del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Segovia ha condenado a dos entidades bancarias -Bankia, en 9 ocasiones y Caja España, en una- y les obliga a devolver a sus clientes el dinero que entregaron al contratar obligaciones subordinadas y preferentes, al considerar que el contrato realizado con ellos es nulo por concurrir un vicio en el consentimiento dado por los clientes. 


Según el TSJCYL, la juez argumenta que la entidad bancaria no ha cumplido los requisitos exigidos a estos productos, al no haber informado debidamente a unos clientes que no tenían conocimientos suficientes para contratar un producto tan complejo.

Al considerar nulo el contrato, la juez obliga también a los clientes a devolver a la entidad bancaria el interés percibido por este producto.

Las sentencias han sido notificadas entre la semana pasada y el día de hoy. En el fallo se indica lo siguiente:

"La nulidad del contrato de Suscrición de Obligaciones Subordinadas celebrado entre las partes en fecha 05/05/2010, por error del consentimiento , y de cuantos contratos de deposito, administración de valores se hayan suscrito o estén vinculados a dichas ordenes de suscripción.

- Que la parte demandada debe restituir a la demandante la cantidad de 77.000 euros a la que se deducirá la cantidad pagada en concepto de “intereses” por la demandada.

- la nulidad de la conversión obligatoria de las obligaciones subordinadas en acciones de BANKIA SA en virtud de la resolución de la comisión rectora del FROB, viniendo obligado el actor a la devolución del paquete de acciones canjeado como consecuencia de dicha conversión obligatoria.

- Condeno a BANKIA a abonar los intereses legales de la cantidad a restituir desde el momento en que se solicitó su devolución.

- Se condena en costas a la parte demandada.
Fuente de datosd: noticiascastillaleon.com

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